El certificado de eficiencia energética tiene una validez de diez años. Así queda estipulado en el Real Decreto para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios. Y se expresa que es máxima porque el propietario del inmueble puede renovar su certificado energético cada 10 años si va a vender o a alquilar y siempre que lo considere necesario. Es decir, si se realizan reformas que afecten a la eficiencia energética de la vivienda, se puede renovar el certificado energético antes de los 10 años para obtener una mejor calificación que ayude a la venta o al alquiler.
Los edificios y monumentos protegidos oficialmente, los lugares exclusivos de culto o actividades religiosas, las construcciones provisionales (para uso previsto igual o menor a dos años), las partes no residenciales de edificios industriales, de la defensa y agrícolas, los edificios o partes de edificios aislados con menos de 50 m2 útiles y edificios con un uso menor de 4 meses al año
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