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Cédula de Habitabilidad

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Cédula de Habitabilidad

La cédula de habitabilidad de una vivienda es un documento que acredita el cumplimiento de los requisitos mínimos para que un espacio pueda ser habitado por personas a nivel de salubridad, higiene y solidez. Está regulada por las comunidades autónomas y caduca normalmente cada 15 años.

En esta acreditación se regula la superficie útil mínima de los espacios de la vivienda, así como el equipamiento mínimo indispensable del que debe disponer: inodoro, cocina, agua caliente, etc. Los requisitos no son muy exigentes, por lo que lo más habitual es que las viviendas cumplan perfectamente con estos estándares mínimos.

Documentación necesaria

Para solicitar la Cédula de Habitabilidad de una vivienda usada o preexistente es imprescindible presentar un Certificado de Habitabilidad emitido por un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) y visado por el colegio profesional correspondiente.

Según la antigüedad del inmueble:

Viviendas construidas con posterioridad al 11 de Agosto de 1984: En caso de que dispongan de una cédula de habitabilidad de obra nueva (o de primera ocupación) que haya caducado, no será necesaria la aportación de más documentación adicional que el propio Certificado de Habitabilidad actualizado.

Viviendas construidas antes del 11 de Agosto de 1984: Dispongan o no de una cédula previa caducada, se deberá aportar obligatoriamente alguna de las documentaciones oficiales admitidas por la administración para acreditar la antigüedad del uso residencial. Esta documentación puede formalizarse mediante una escritura pública, nota simple informativa, certificación registral o un certificado municipal donde quede plenamente justificado su uso histórico como vivienda.

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